Aclaro, como siempre, que estas consideraciones las realizo desde mi propia experiencia y punto de vista.
Me alarma tristemente la cantidad de casos que recibo en mi ejercicio profesional en los cuales ciudadanos honrados, confiados y de recursos económicos limitados están viendo esfumarse su vivienda.
Estimo que adquirir un techo propio es fundamental para todo ser humano. Brinda una seguridad y paz que no puede compararse con otro sentimiento, máxime en nuestra sociedad, donde priva ese particular interés en ser propietario, al menos en un alto porcentaje de la población.
Siempre ha sido cuesta arriba comprar una vivienda, y hoy en día lo es más. Casi todos lo logramos a través de un crédito bancario, privilegiado o no, pero crédito al fin.
Esa vivienda constituye —en la mayoría de los casos— el mayor y más estimado activo familiar, y solo nos planteamos salir de él para mejorar aun más, para crecer o proteger a un familiar por algún acontecimiento de fuerza mayor.
¿Qué está pasando en la actualidad? Las leyes que rigen y la situación económica no solo hacen sumamente difícil acceder a la compra de una vivienda, incluso dificultan negociar la que ya se tiene.
Ante las circunstancias anteriores, la oferta, más allá de los precios, se limita a una venta de contado. ¿Por qué? Cuando los negociantes pactan una venta previendo un plazo para que el futuro comprador pueda acceder a un crédito hipotecario (hoy completamente insuficiente y desfasado de la realidad, materia de otras disquisiciones), el precio negociado se diluye ante la inflación galopante, pero peor aun, ante el incumplimiento no saben cómo proceder, y la mayoría de las veces ¡no hacen nada! Esto nos lleva a confiar y creer en la buena fe del otro, quien a su vez se ilusionó con la posibilidad de comprar una vivienda que necesita. Lo anterior abre las puertas a un grave conflicto.
Son muchos los casos de ciudadanos que negocian su techo sin asesorarse debidamente, sin considerar si su propiedad está libre de gravámenes (limitantes para su venta), sin tomar en cuenta el tiempo que necesita la banca para conceder el crédito y las condiciones del solicitante para poder acceder al mismo.
Pero, lo más grave es que no saben luego cómo proceder… Y es ahí donde la otra parte ejerce acciones y demanda el cumplimiento de la venta.
Obviamente, el ciudadano vendedor cree tener la razón, alega que indicó que había una hipoteca que pagar y lo informó, pero ello no consta en el contrato preliminar (opción de compra-venta); que no negoció la venta sujeta a que se concediera un crédito, en fin… Son muchos sus argumentos. En los documentos, sin embargo, no consta nada de esto, y al utilizar formatos se evidencia todo lo contrario, lo cual, además, configura una declaración falsa ante funcionario público.
Por su parte, el futuro comprador, desesperado por alcanzar y lograr una vivienda propia, olvida todo lo que se dijo, lo que se negoció, la necesidad del vendedor, la inflación, en fin, entran en juego las pasiones humanas… Siempre el egoísmo surge ante las necesidades propias, lo cual es no censurable, pero estas pueden no ser cónsonas con valores y principios legislados. El comprador procede y demanda…
Claro, el futuro vendedor no hizo nada en su momento, se asesoró de mala manera, o no lo hizo oportunamente, confió y erró. Al final resulta condenado luego de 5, 10, 15 años —en fin, lo que dure el juicio— a vender por el precio pactado al inicio de la negociación.
Cuando el vendedor por el exceso de confianza otorgó la posesión del inmueble de manera anticipada a la negociación o al pago definitivo del precio pactado, el futuro comprador durante ese tiempo habitó el inmueble sin pagar contraprestación alguna, ni pagar completamente precio de la negociación.
Conclusión: El vendedor perdió su único activo, el cual estaba negociando para comprar uno mejor, o más idóneo para cubrir sus necesidades, o porque se mudó por razones laborales. En este escenario, recibe un precio irrisorio con el cual ni siquiera compra una moto y, en la mayoría de los casos, tiene que seguir pagando el crédito hipotecario.
El futuro comprador disfrutó durante todo el tiempo del inmueble ocupándolo, posiblemente realizó mejoras, no pagó el precio en su momento y procede a pagar una cantidad risible quedando como propietario de un activo que supera con creces el valor del precio estipulado en su día.
La inversión de papeles también es grave. Cuando el vendedor procede con la usual viveza criolla, recibe una “inicial” y luego ante el incremento de los precios, pretende incumplir, y no solo incumplir, se niega a restituir lo recibido, indemnizando al futuro comprador. Este se ve forzado a demandar y luego de años, si acaso percibe una suma devaluada, con la cual no puede soñar tampoco a la moto antes aludida.
En ambos casos, la persona perdió su esfuerzo, el valor de su dinero, y la oportunidad de acceder a una vivienda propia con el dinero reunido en su día.
Entonces, uno se pregunta ¿de quién es la culpa? Tantos son los involucrados…
Es de las partes, es de las leyes, es del Gobierno por no ser responsable en la formación ciudadana, es del aparato de justicia, es de los abogados, es de todos.
Al final tenemos UNA INJUSTICIA PARA TODOS, una injusticia irrecuperable. Dejamos sin techo a quien con mucho sacrificio logró adquirirlo y en la mayoría de los casos deberá seguir pagándolo por efecto de un crédito hipotecario. Dejamos sin oportunidad y empobrecido quien casi tuvo en sus manos la negociación para hacerse con una vivienda propia.
Entre la realidad socioeconómica nacional y la normativa vigente hay un divorcio; para tener un ejercicio profesional y educativo responsable hay un largo camino que recorrer. Es hora de comenzar a reflexionar corrigiendo estos errores, es hora de que protejamos los derechos de todos en una forma equitativa y equilibrada. Es hora de terminar con tantas injusticias.
Julio 2016.
Teresa Borges García, abogado, consultor jurídico de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela
http://www.camarainmobiliaria.org.ve/cuanto-vale-mi-techo/